¿Qué Conceptos no están Sujetos a Retención en
No están sujetos a retención en la fuente a titulo de impuesto de renta los siguientes conceptos:
- Los pagos o abonos en cuenta que se efectúen a entidades que no son sujetos pasivos del impuesto de renta
- Los pagos o abonos en cuenta que por mandato de este estatuto, sean exentos en cabeza del beneficiario.
- Los pagos o abonos en cuenta respecto de los cuales deba hacerse retención en la fuente por otros conceptos, en virtud de disposiciones especiales
- Las transacciones realizadas a través de las bolsas de Energía
- Las rentas que obtengan los contribuyentes beneficiados con la exenciones para empresas de servicios públicos domiciliarios, durante el término de su vigencia, según el articulo 211 del estatuto tributario (E.T., art. 369)
- Las personas y entidades de derecho internacional público que tengan la calidad de agentes y agencias diplomáticas, consulares y de organismos internacionales y que no persigan fines de lucro (E.T., art. 366-1)
- El otorgamiento, la autorización y el registro de cualquier escritura pública de compraventa o de hipoteca, de una vivienda de interés social (E.T., art. 400)
- El pago por
Declaración, Pago y Deducción de
Declaración Mensual
Los agentes retenedores deberán presentar y pagar por cada mes una declaración de las retenciones en la fuente que de conformidad con las normas vigentes debieron efectuar durante el respectivo mes. La declaración se presentará en el formulario que para tal efecto señale
CONCEPTO | VALOR |
Salarios | 350.000 |
Honorarios | 450.000 |
Compras | 885.000 |
Arrendamientos (Muebles e Inmuebles) | 75.000 |
Retención IVA a responsables del Régimen Común | 625.000 |
Autorretenciones | 3.000.000 |
Total retenciones | 5.385.000 |
Contabilización del Pago de
La retención en la fuente se debe declarar y pagar en el mes inmediatamente siguiente a aquel en el que se efectúa la retención
EJEMPLO: En febrero de 2010 la compañía Acor Ltda., presenta la declaración de retención en la fuente del mes de enero y efectúa el siguiente registro contable
CÓDIGO | CUENTAS | DÉBITO | CRÉDITO |
2365 | Retención en la fuente | | |
236505 | Salarios | 350.000 | |
236515 | Honorarios | 450.000 | |
236540 | Compras | 885.000 | |
236530 | Arrendamientos (Muebles e Inmuebles) | 75.000 | |
236575 | Autorretenciones por ventas | 3.000.000 | |
2367 | Impuestos a las ventas retenido | 625.000 | |
1110 | Bancos | | 5.385.000 |
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