martes, 2 de marzo de 2010

Otros sobre Retención en la Fuente

¿Qué Conceptos no están Sujetos a Retención en la Fuente a Titulo de Impuesto de Renta?

No están sujetos a retención en la fuente a titulo de impuesto de renta los siguientes conceptos:

- Los pagos o abonos en cuenta que se efectúen a entidades que no son sujetos pasivos del impuesto de renta

- Los pagos o abonos en cuenta que por mandato de este estatuto, sean exentos en cabeza del beneficiario.

- Los pagos o abonos en cuenta respecto de los cuales deba hacerse retención en la fuente por otros conceptos, en virtud de disposiciones especiales

- Las transacciones realizadas a través de las bolsas de Energía

- Las rentas que obtengan los contribuyentes beneficiados con la exenciones para empresas de servicios públicos domiciliarios, durante el término de su vigencia, según el articulo 211 del estatuto tributario (E.T., art. 369)

- Las personas y entidades de derecho internacional público que tengan la calidad de agentes y agencias diplomáticas, consulares y de organismos internacionales y que no persigan fines de lucro (E.T., art. 366-1)

- El otorgamiento, la autorización y el registro de cualquier escritura pública de compraventa o de hipoteca, de una vivienda de interés social (E.T., art. 400)

- El pago por la Nación y demás entidades de derecho público del principal, enteres, comisiones y demás gastos correspondientes a empréstitos y títulos de deuda externa (E.T., art. 416)

Declaración, Pago y Deducción de la Retención en la Fuente

Declaración Mensual

Los agentes retenedores deberán presentar y pagar por cada mes una declaración de las retenciones en la fuente que de conformidad con las normas vigentes debieron efectuar durante el respectivo mes. La declaración se presentará en el formulario que para tal efecto señale la DIAN.

EJEMPLO: La compañía muebles Acor Ltda., realizó las siguientes retenciones en el mes de enero de 2010

CONCEPTO

VALOR

Salarios

350.000

Honorarios

450.000

Compras

885.000

Arrendamientos (Muebles e Inmuebles)

75.000

Retención IVA a responsables del Régimen Común

625.000

Autorretenciones

3.000.000

Total retenciones

5.385.000

Contabilización del Pago de la Retención en la Fuente

La retención en la fuente se debe declarar y pagar en el mes inmediatamente siguiente a aquel en el que se efectúa la retención

EJEMPLO: En febrero de 2010 la compañía Acor Ltda., presenta la declaración de retención en la fuente del mes de enero y efectúa el siguiente registro contable

CÓDIGO

CUENTAS

DÉBITO

CRÉDITO

2365

Retención en la fuente

236505

Salarios

350.000

236515

Honorarios

450.000

236540

Compras

885.000

236530

Arrendamientos (Muebles e Inmuebles)

75.000

236575

Autorretenciones por ventas

3.000.000

2367

Impuestos a las ventas retenido

625.000

1110

Bancos

5.385.000

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